NO SON SÓLO PALABRAS

rota

Mar Martín

“Abusar” según la Real Academia de la Lengua Española es hacer uso excesivo, injusto o indebido de algo o de alguien. Hacer objeto de trato deshonesto a una persona de menor experiencia, fuerza o poder. Y “violar” según la RAE es tener acceso carnal con alguien en contra de su voluntad. Profanar un lugar sagrado. ¿Y hay algo más sagrado para una mujer que su propio cuerpo? Sin embargo, para estos tres jueces varones que dictaron ayer sentencia, la violación múltiple y reiterada por todos los orificios que encontraron en el cuerpo de la joven, no fue violación sino abuso. Es decir que meter un pene por la boca, el ano y la vagina de una joven reiteradas veces es realizar un “uso excesivo de algo” y nunca mejor dicho, porque la joven queda reducida a eso, a algo, a un objeto a disposición de los varones para su uso y disfrute.

Que cinco varones corpulentos y de mayor edad te rodeen en un espacio pequeño, te reduzcan a la mínima expresión de ser humano y repetidas veces hagan uso de tu cuerpo para su satisfacción, profanando tu intimidad, tu identidad y tu ser más profundo, es simplemente un trato deshonesto a una persona de menor experiencia, fuerza o poder.

Esta es la distinción terminológica recogida en nuestro Código Penal del año 1995 que ha permitido a los jueces reducir la pena de cárcel de los autodenominados “la manada”.

Este Código Penal recoge en el Título VIII, capítulo I, artículo 179 que “cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años. Y añade más adelante que el castigo podrá ascender de doce a quince años de prisión cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 1.ª Cuando la violencia o intimidación ejercidas revistan un carácter particularmente degradante o vejatorio. 2.ª Cuando los hechos se cometan por la actuación conjunta de dos o más personas.

Sin embargo, este primer y único Código Penal de la democracia expresa después en el artículo 181 del mismo Título VIII, capítulo I, que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

Y esta última ha sido la definición escogida por los tres jueces de Navarra que han juzgado los hechos, no como violación múltiple y reiterada de una joven durante los San Fermines de 2016, sino como abuso porque, ante la falta de moratones y rotura de huesos concluyen que no hubo violencia, en verdad, la joven se lo pasó pipa mientras la usaban como a una muñeca hinchable. Y esta consideración, esta elección terminológica ha beneficiado a los culpables que han visto reducida su condena, del mismo modo en el que las mujeres hemos vista reducida nuestra credibilidad en la Justicia.

Las palabras definen las cosas y el lenguaje construye nuestra forma de pensar y tras las palabras y el lenguaje utilizado en esta sentencia hay un transformo peligroso y podrido que dice mucho de una Justicia y de una sociedad.

Si la Justicia de un país, de una sociedad que se cree progresista, es incapaz de dictar sentencias ejemplarizantes que pongan de manifiesto que la violencia sexual es inadmisible, esa justicia y esa sociedad no se merece ni respeto ni consideración. Si la política de un país consienten esa diferenciación terminológica en el Código Penal con todo lo que conlleva, es que la podredumbre la ha nublado.

A diferencia de aquellos varones que redactaron este Código Penal, de los cinco varones violadores y de los tres varones jueces, que con sus actos olvidan a sus madres, a sus hijas, a sus hermanas, a sus esposas, a sus amigas y a sus compañeras de trabajo, nosotras y nosotros no debemos olvidarlos a ellos. Lo que escribieron los primeros, lo que ejecutaron los segundos protegidos por el texto penal y la sentencia de los últimos debemos grabarlo en nuestra memoria y recordar a diario que todos ellos son escoria, según la RAE “cosa vil de ninguna estimación”.

Hoy es un día de indignación, de crispación y de rabia. Un día en el que hubiera preferido, como mínimo, ser extraterrestre ante la distancia que me separa de estos que se dicen humanos.

Humanos que, entronizados en su machismo ancestral, redactaron códigos penales que distinguen entre abuso y violación sexual, distinción que también aplica a los menores y a las menores de edad y que establece que si no se ofrece resistencia, no hay violencia como si una penetración forzada por vía bucal, anal o vaginal no fuera violencia.

A estos redactores y aplicadores de la ley, empleados a tiempo completo en la refundación y reconsolidación del patriarcado, habría que invitarles a ponerse en el lugar del otro, a desarrollar esa empatía de la que están tan carentes y quizás comprendieran si realmente es necesaria la distinción entre abuso y violación. Podrían imaginarse, cada uno de ellos, sometidos por varones de más edad y mayor corpulencia a las mismas vejaciones que sufrió la joven, sin ofrecer resistencia para evitar mayores daños físicos, porque los psicológicos ya no hay quien los evite. Igual, si se imaginaran los penes de los cinco varones de la manada siendo introducidos por sus bocas y sus anos, a falta de vaginas, pensaran que sí hubo violencia y la sentencia hubiera sido distinta. Igual estos jueces son como los monos que no quieren oir, ni ver, pero, han hablado y con ello han dicho mucho.

Estos tres jueces, a los que se les debería caer la cara de vergüenza cuando miren a los ojos de sus hijas, de sus amigas, de sus esposas, de sus amigas y de sus compañeras de trabajo, tendrían que consultar con mayor frecuencia la RAE, igual les ayudaría a despejar el enmarañado y putrefacto estado de sus mentes que les lleva a dictar sentencias como esta.

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