El Gobierno aprobó ayer, en un Consejo de Ministros Extraordinario, un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de servicios no esenciales

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El Gobierno aprobó ayer, en un Consejo de Ministros Extraordinario, un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de servicios no esenciales.
Los trabajadores y trabajadoras disfrutarán de ese permiso, de carácter obligatorio, del 30 de marzo al 9 de abril de 2020, ambos inclusive.
No se aplicará a trabajadores y trabajadoras que:
Se encuentren ya teletrabajando
Estén en un ERTE
Estén sujetos a un procedimiento de incapacidad temporal o con baja de maternidad y paternidad
Durante este permiso, trabajadores y trabajadoras mantendrán su salario habitual. Empresa y representantes de los trabajadores deberán negociar la recuperación de las horas, que no podrá incumplir los periodos mínimos de descanso previstos en la ley.
Todas y cada una de las actividades esenciales para este periodo están detalladas en el Real Decreto de Ley (RDL) aprobado por el Consejo de Ministros, que ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Se puede consultar en el siguiente enlace: Actividades esenciales recogidas en el RDL
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